Los pueblos indígenas gozan de derechos internacionales específicos y vinculantes para los estados. Estos son reconocidos en el Convenio 169 de la Organización Internacional de Trabajo y la Declaración de la ONU sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, los cuales ha suscrito el Estado Peruano. Entre otros, los derechos que serían vulnerados por este proyecto son los siguientes:

Autodeterminación

Consentimiento previo

Consulta

Participación

 

 

Tierras y territorios, desplazamiento forzoso:



Cultura: